Todo lo indispensable para trabajar

 

Tanto si eres persona física o persona moral, puedes deducir en tu declaración anual todo aquello que hayas adquirido que es indispensable para llevar a cabo tus actividades, de acuerdo con el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara (CCPGJ), Sergio Armando Flores Robles.

Por ejemplo, si eres persona física:

 

Recuerda que una persona física es aquella que realiza cualquier actividad económica.

 

  • Servicios médicos

Puedes hacer deducible todos aquellos gastos en honorarios médicos, dentales, así como los gastos hospitalarios e incluso medicinas en facturas de hospitales.

Estos gastos serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu pareja, padres, hijos e incluso nietos.

  •    Educación

Las colegiaturas pueden ser deducibles desde el nivel preescolar hasta bachillerato o su equivalente e incluso el transporte escolar en caso de ser obligatorio.

Solo las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no son deducibles.

  • Gastos funerarios

Aquellos servicios que sean efectuados para tu pareja, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.

  • Créditos hipotecarios

Los intereses reales y devengados generados y pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

  • Donativos

Siempre y cuando sean instituciones autorizadas por el SAT y que no se otorgue como pago o a cambio de servicios recibidos.

  • Aportaciones voluntarias

Aquellas aportaciones que realices complementarias a tus cuentas de ahorro y seguros para el retiro.

Si eres persona moral

 

Una persona moral es una sociedad mercantil integrada por varios socios, así como una asociación civil.

 

  • Gastos al comprar mercancía:

Lo que hayas adquirido para mantener la operación de la empresa, que pueden ser desde equipo de cómputo o maquinaria relacionado con tu actividad empresarial

  •  Beneficios laborales a empleados:

Además del pago al IMSS, también puedes añadir otras prestaciones como las aportaciones realizadas a fondos de pensiones o jubilaciones de empleados o incluso servicio de comedor.

  • Donativos a instituciones no gubernamentales.
  • Cualquier inversión que hayas realizado para el negocio.
  • Préstamos:                                                                                                        En caso de tener algún préstamo para tu empresa, los intereses comprobables son un elemento que también puedes deducir en la declaración anual.

Recuerda que la fecha para que las personas morales presenten su declaración anual termina en marzo, mientras que las personas físicas tienen hasta que finalice el mes de abril.

Información: Estephany de la Cruz.