El Ministerio Público, puede iniciar una investigación sobre un presunto delito sexual mediante una querella o denuncia.

En delitos sexuales, la querella, explica Impunidad Cero, sólo se puede presentar por las personas directamente afectadas; por ejemplo, en los casos de acoso sexual u hostigamiento sexual sin violencia.

Una querella también se puede presentar en caso de ocurrir una violación entre cónyuges, concubinos o en la relación de noviazgo.

La denuncia, por otro lado, la puede hacer cualquier persona que considere que se cometió un delito, le impacte directamente o no

La violación, por ejemplo, puede ser denunciada siempre y cuando no sea efectuada por la pareja de la víctima. Igual el abuso o acoso sexual, siempre y cuando se cometan a través de violencia física o moral.