UN NUEVO CÓDIGO

El Congreso capitalino aprobó este miércoles el Código Fiscal para el próximo año, el cual incluye la aplicación de un cobro por aprovechamiento de 2 por ciento a servicios de entrega de comida y productos a domicilio, así como un impuesto a espectáculos públicos que se transmitan de forma virtual desde la Ciudad de México.

En el caso específico para los automovilistas, se modificó el Artículo 160 con el objetivo de que todos los conductores que tengan su domicilio fiscal en la CDMX estén obligados a tramitar las placas para vehículos adquiridos en 2022 ante las autoridades de la Capital y por lo tanto también deban cumplir con el pago de la tenencia

En el Código Fiscal de 2021, este impuesto sólo era para quienes tramitaran las placas en la Ciudad.

Actualmente por tener el vehículo quien tiene que emplacarlo es a quien se le cobra el impuesto, se les está vinculando y aclarando que quien tenga la residencia o su domicilio en la Ciudad de México es quien tiene que emplacar para que tenga que pagar.

LA MODIFICACIÓN

CÓDIGO FISCAL 2021

Art. 160.- Están obligadas al pago del impuesto establecido en este Capítulo, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarias de los vehículos, a que se refiere el mismo, siempre que la Ciudad de México expida las placas de circulación a dichos vehículos en su jurisdicción territorial. 

CÓDIGO FISCAL 2022

Art. 160.- Están obligadas al pago del impuesto establecido en este Capítulo, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarias de los vehículos, a que se refiere el mismo, siempre que su domicilio se encuentre en la Ciudad de México, quienes deberán obtener la expedición de las placas de circulación para dichos vehículos ante las autoridades competentes. 

EL IMPACTO DE LA EVASIÓN

De acuerdo con datos del Gobierno capitalino, al menos el 52 por ciento de los vehículos que circulan en la Ciudad cuentan con placas foráneas, la mayoría del Estado de México.

No obstante, alrededor del 5 por ciento corresponden a Morelos, donde los autos de lujo no cubren una tenencia proporcional a su valor, sino un derecho anual de alrededor de 670 pesos.

En la Ciudad de México, los autos cuyo valor sea superior a 250 mil pesos, deben cubrir una tenencia equivalente al 3 por ciento del mismo.

Estimaciones aseguran que la CDMX pierde de ingresos entre 7 mil y 15 mil millones de pesos por los vehículos que son adquiridos en la Ciudad pero cuyo trámite de emplacamiento se lleva a cabo en otros estados.

LAS MULTAS ESTABLECIDAS

De acuerdo con el Artículo 464, las personas que no den de alta sus vehículos en la Ciudad de México se harán acreedores a multas de entre 521 y 911 pesos.

Art. 464.- Las infracciones relacionadas con los padrones de contribuyentes, darán lugar a la imposición de una multa de $521.00 a $911.00, en los siguientes casos:

III. No obtener las placas de circulación ante las autoridades competentes, de conformidad con el párrafo primero del artículo 160, del presente Código.