Foto REFORMA / Elizabeth Ruiz

¿Qué dice la propuesta de Conacyt?

El “Reglamento de becas para el Fortalecimiento de la Comunidad de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación”, anteproyecto subido por Conacyt a la plataforma de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el 21 de enero pasado con intención de abrogar los lineamientos actuales, dice expresamente en la fracción IV del Artículo 20:

¿Cómo se justificó para ello?

Luego de la polémica suscitada por esta cláusula, considerada discriminatoria y en detrimento de los derechos humanos y la igualdad de género, la dependencia que dirige María Elena Álvarez-Buylla aseguró que es falso que se vayan a suspender becas por embarazo, parto o puerperio, así como por participar en manifestaciones políticas en el extranjero.

María Elena Álvarez-Buylla, directora del Conacyt. Foto REFORMA / Óscar Mireles

"Son disposiciones que han estado contempladas en los reglamentos de becas del Consejo, al menos desde 2008".

¿Existía la disposición en el actual reglamento?

El anterior Reglamento de Becas del Programa de Fomento, Formación y Consolidación de Capital Humano de Alto Nivel, que data de 2018 y es el que Conacyt busca abrogar a través del anteproyecto actualmente en Conamer, define sólo tres causas de suspensión del estímulo, y el embarazo no figura entre ellas

 

A pesar de esto, la encargada de la sección “Quién es quién en las mentiras”, Elizabeth García Vilchis, hizo eco de la falsa justificación de Conacyt el miércoles 2 de febrero durante la conferencia matutina del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Pero, de nuevo, al dar un vistazo a tal Reglamento de Becas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2008 y modificado en octubre de 2009, no es posible encontrar nada en relación a que una becaria pueda ver suspendido su apoyo en caso de embarazarse.

¿Aparece en algún otro documento?

Al revisar los lineamientos en otros de los documentos emitidos por la actual gestión de Conacyt tampoco aparece disposición alguna sobre suspensión o cancelación de la beca por embarazo.

  • Convocatoria 2021 (1) del Apoyo a Madres mexicanas Jefas de Familia:
  • Reglas de Operación del Programa de Becas de Posgrado y Apoyos a la Calidad, aprobadas por la Junta de Gobierno de Conacyt en octubre pasado.
 

¿Y por qué causa indignación?

Además de ir en contra de los tratados internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado en materia de derecho a la educación y derechos sexuales y reproductivos, el anteproyecto de reglamento de Conacyt contraviene disposiciones constitucionales y legales.

Foto REFORMA / Elizabeth Ruiz.

Artículo 4 de la Constitución:

  • Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Ley General de Educación Superior, Artículo 8:

  • La educación superior se orientará conforme a “(fracción VI) la igualdad de oportunidades que garantice a las personas acceder a la educación superior sin discriminación“.

Ley General de Igualdad Sustantiva entre hombres y mujeres, Artículo 1:

  • Establece la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo.

Ley de Ciencia y Tecnología, Artículo 42:

  • El Gobierno federal apoyará la investigación científica y tecnológica que contribuya significativamente a desarrollar un sistema de educación, formación y consolidación de recursos humanos de alta calidad en igualdad de oportunidades y acceso entre mujeres y hombres.

Fuentes: Reglamentos y convocatorias de Conacyt; “Nunca más una ciencia sin mujeres”.