El gobierno federal amplió del 31 de diciembre de 2022 al 31 de julio de 2023 el plazo para que los propietarios de gasolinerías, expendedores de gas LP y de gas natural vehicular (GNV) y, en general, todas las personas físicas y morales del país obligados a llevar controles volumétricos en sus operaciones, presenten el certificado de la correcta operación y funcionamiento de sus programas informáticos.
La prórroga aplicará siempre que conserven como parte de su contabilidad las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante para la correcta medición del petrolífero de que se trate y, en caso de que sus equipos y sistemas de medición sean o hayan sido sometidos a alguna verificación, conserven la documentación que acredite el cumplimiento de dichas obligaciones.