Avisa a tu patrón

El 31 de enero era la fecha límite para dar aviso a tu patrón de que ibas a realizar la declaración anual de impuestos por tu cuenta.

  • Las personas físicas bajo el régimen de asalariados con ingresos superiores a $400 mil están obligados a presentar la declaración anual.
  • Si los ingresos son menores a $400 mil, pero tienes deducciones personales puedes hacer la declaración.

Ten a la mano tu e-firma

  • Verifica que tu e-firma esté vigente. La requieres para firmar y enviar tu declaración de impuestos en caso de que obtengas un saldo a favor superior a $150 mil o si vas a cambiar el número de cuenta CLABE del banco donde te depositarán tu devolución.
  • En caso de que la e-firma esté vencida, la podrás renovar en línea en cualquier momento y hasta 24 horas antes del vencimiento.
  • Debes contar con los archivos de la clave privada (archivo .key), certificado de e.firma vigente (archivo .cer) y la contraseña de la llave privada.
  • También la puedes renovar en la aplicación SAT ID hasta un año antes a la presentación de la solicitud de autorización para renovar el certificado de e.firma. Requieres captura de foto de identificación oficial vigente.

Deducciones personales

  • En la página del SAT se encuentra la sección del Visor de Deducciones Personales, donde podrás comprobar cuáles facturas ya fueron validadas por la autoridad y están cargadas.

Si un CFDI no aparece, lo puedes agregar manualmente, únicamente verifica que cumpla con todos los requisitos que establece el SAT para su emisión.

Para tomar en cuenta
  • El visor también te permitirá detectar que facturas fueron rechazadas por presentar inconsistencias, que pueden ir desde traer mal tus datos fiscales, no contener la clave correcta del uso del CFDI o marcar como medio de pago “efectivo”. 
  • Al no cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales, no podrás deducir estos gastos a menos que realices las correcciones correspondientes.

Contraseña

  • Cualquier persona física puede generar o actualizar su contraseña, la cual sirve para acceder a los servicios electrónicos del SAT.
  • La contraseña debe tener 8 caracteres (números y letras). No se permiten caracteres especiales como ñ $ % & * / # ni espacios en blanco.
  • Para hacer el trámite en línea debes contar con la e-firma y un correo. En caso de que no cuentes con la firma electrónica, puedes generarla a través de SAT ID. Seleccionas la primera opción “Generación de contraseña” y después te pedirán tu RFC, e-mail, número telefónico, así como una identificación oficial vigente.  

Puedes presentar la declaración y firmar con contraseña siempre y cuando tu saldo a favor no supere los $150 mil.

Devolución automática

  • Antes de que envíes la declaración tienes que señalar la opción de devolución en el formato de la declaración anual 2022.
  • Presenta la declaración de forma electrónica firmada con la contraseña o e-firma.
  • Podrás solicitar la devolución automática de tu saldo a favor cuando sea igual o menor a $10 mil.
  • Si el saldo a favor es mayor a $10 mil, pero no supera los $150 mil se podrá solicitar con contraseña, siempre y cuando exista una cuenta CLABE bancaria preregistrada.
  • Si el saldo a favor excede los $150 mil no podrás solicitar tu devolución automática, pero lo podrás hacer a través del Formato Electrónico de Devoluciones.

Para que proceda la devolución automática, debes presentar la declaración anual a más tardar el 31 de julio.

Intereses hipotecarios

  • Uno de los requisitos indispensables para el reembolso de los intereses por crédito hipotecario es la “constancia de intereses”, que es un comprobante de los intereses reales pagados por la compra de una casa habitación durante el ejercicio fiscal que se va a declarar. 
  • Normalmente, esta información se podrá visualizar en el SAT a partir de febrero. Si no te aparece, no te preocupes, la solicitud de este documento es muy sencilla:
    • Si tu crédito hipotecario es directamente con un banco, puedes acudir a una sucursal y pedir la constancia a un ejecutivo. 
    • En el caso del Infonavit, ya puedes descargar la constancia desde el sitio https://micuenta.infonavit.org
    • La constancia de créditos FOVISSSTE la puedes consultar e imprimir desde el portal https://constancias.fovissste.com.mx.
  • Si tu crédito es combinado (bancario-Infonavit, bancario-FOVISSSTE) necesitarás ambas constancias para realizar las deducciones correspondientes.
  • Es recomendable que realices la solicitud de la(s) constancia(s) antes de la fecha límite para la presentación de la declaración anual. De esta manera, en caso de que el SAT valide que el requerimiento de devolución está en orden, podrás recibir el reembolso durante los siguientes 5 días hábiles.
  • En caso de que dos personas contraten el crédito hipotecario, la devolución se hará al titular y al coacreditado. Si son cónyuges, ambos pueden hacer su deducción.
Recuerda que:

Los intereses reales que vas a deducir son los que resultan de la diferencia entre los intereses pagados durante el año por tu crédito hipotecario menos la tasa de inflación.

Esto significa que a mayor inflación anual, menor será la cantidad que podrás deducir por este concepto.

Para tomar en cuenta

El SAT informó que el simulador para la declaración anual de personas físicas 2022 ya se encuentra disponible, y que estará activo hasta el 31 de marzo del 2023 con la finalidad de que los contribuyentes “conozcan las actualizaciones a la herramienta y validen la información que se está prellenando”.

TE PUEDE INTERESAR:
Lanza SAT simulador para declaración de 2022
Fuentes: SAT, Infonavit, FOVISSSTE.

¡Síguenos en @reformanegocios!