PTU: ¿Qué es?

  • La PTU se refiere a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades y es un “un derecho constitucional que tienen las y los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado”, según estipula la Ley Federal del Trabajo.
  • Para que los trabajadores puedan saber si el empleador con el cual laboran declaró utilidades, dicho empleador está obligado a entregar a los representantes de los trabajadores (al sindicato, o bien a la mayoría de los trabajadores) una copia de la declaración anual, dentro de los 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

Si la empresa generó un ingreso anual declarado para el ISR ante el SAT que supere los $300,000 está obligada a repartir las utilidades entre sus trabajadores.

¿Cuándo deben pagarse las utilidades?

Las utilidades deben pagarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que el patrón presentó su declaración anual. Por eso las personas morales suelen entregarlas en mayo y las físicas en junio.

Considerando que el 1 de abril es día inhábil, deberás recibir el pago de utilidades entre el 3 de abril y 30 de mayo, si trabajas para una persona moral (empresa).

Mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

¿Todas las empresas están obligadas a pagarlas?

Es importante saber que no todas las empresas tienen que pagar utilidades, ya que la Ley contempla algunas excepciones:

  • Las empresas que obtengan una pérdida al efectuar los cálculos para determinar la renta gravable en los términos de la Ley del ISR.
  • Empresas cuyo ingreso anual declarado no sea superior a $300,000.
  • Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.
  • Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento (según las leyes de fomento de industrias nuevas).
  • Empresas de la industria extractiva de nueva creación (minera), durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistencia o de beneficencia

¿Quién tiene derecho a participar en las utilidades?

  • Todos los trabajadores que laboren bajo subordinación de una persona moral o física y reciban un salario.

  • En el caso de los empleados de planta no importan los días que hubiesen trabajado en el año objeto de reparto.

  • Para los empleados por tiempo u obra determinada se requieren 60 días por lo menos laborados en el ejercicio, sin importar si fue en forma continua o discontinua

  • Ex trabajadores: no importa si renunciaron o fueron despedidos, siempre y cuando hayan laborado los 60 días.

  • Trabajadores de confianza: en este caso, los trabajadores de confianza podrán aspirar a un reparto de utilidades de un 20% adicional al salario máximo de un trabajador sindicalizado o de base.

Para quiénes no aplica:

De acuerdo con el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de PTU:

  1. Directores, gerentes generales y administradores.
  2. Socios y accionistas.
  3. Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios. 
  4. Trabajadores domésticos.
Días que se consideran laborados:

Los días laborados son todos aquellos en que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su salario aun cuando no labore, tales como:

  • Incapacidades temporales por riesgo o enfermedad de trabajo.
  • Incapacidad por maternidad (periodo pre y postnatal).
  • Descanso semanal, vacaciones y días festivos.
  • Permisos con goce de sueldo.

Los días de incapacidad por enfermedad general, los permisos sin goce de sueldo, así como las faltas injustificadas no se consideran para el reparto de PTU.

¿Cómo se determinan las utilidades de la empresa?

El SAT estipula, de acuerdo con el artículo 120 de la LFT, que la base sobre la que se debe participar a los trabajadores es la renta gravable. En la mayoría de los casos, ésta resulta de restar a los ingresos obtenidos en un ejercicio fiscal, las deducciones autorizadas. A continuación se desglosan los conceptos que se toman en cuenta para su determinación:

Determinación de la renta gravable para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas
Ingresos acumulables
- cantidades que no hayan sido deducibles en términos de la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del ISR.
= Total de ingresos para renta gravable
- deducciones autorizadas
= Renta gravable determinada
Por ciento aplicable (10%)
= Utilidades a repartir

Las empresas que reporten utilidades deberán repartir el 10% de las mismas entre sus trabajadores.

Es decir, si la renta gravable resultante es de $400,000, el monto a distribuir será de $40,000.

A esta cifra se tendrán que agregar las PTU que no hayan sido reclamadas ni cobradas del ejercicio inmediato anterior.

¿Cómo se calculan?

Para efectos del pago de utilidades, se deberán considerar los siguientes puntos:

  • El reparto de utilidades se divide en dos: 50% depende del número de días trabajados por cada colaborador durante el año, independientemente del monto de sus salarios, y el otro 50% va en proporción de los sueldos anuales pagados a cada empleado en el mismo lapso.
Ejemplo

La Empresa X tiene 3 trabajadores y durante el 2022 tuvo una utilidad de $200,000, de la cual el 10% representará la PTU, que son $20,000.

Trabajador Sueldo mensual Días laborados en el año Salario anual
1
$8,500
250
$70,833.33
2
$10,200
125
$42,500.00
3
$9,300
80
$24,800.00
Total
$28,000
455
$138,133.33
Parte correspondiente por días trabajados
  • El primer paso es dividir la utilidad de la empresa en dos partes iguales, osea:
    • $20,000 / 2 = $10,000
  • Luego dividir los $10,000 entre el total de días laborados por todos los trabajadores:
    • $10,000 / 455 = $21.97
  • Este valor debe ser multiplicado por el número de días trabajados en el año y de esa manera obtendremos la utilidad a repartir a cada trabajador:
    • Trabajador 1 = $21.97 x 250 = $5,494.50
    • Trabajador 2 = $21.97 x 125 = $2,747.25
    • Trabajador 3 = $21.97 x 80 = $1,758.24
Parte correspondiente al salario percibido
  • La segunda mitad de la utilidad repartible se dividirá entre el total de los salarios anuales de los trabajadores.
    • $10,000 / $138,133.33 = $0.072 
  • Este valor se multiplicará por el salario anual de cada trabajador para obtener la utilidad a repartir.
    • Trabajador 1 = $0.072 x $70,833.33 = $5,127.89
    • Trabajador 2 = $0.072 x $42,500.00 = $3,076.73
    • Trabajador 3 = $0.072 x $24,800.00 = $1,795.36
PTU total
  • En este ejemplo, los trabajadores de la Empresa X recibirían por concepto de PTU un total de:
    • Trabajador 1 = $5,494.50 + 5,127.89 = $10,622.39
    • Trabajador 2 = $2,747.25 + $3,076.73 = $5,823.98
    • Trabajador 3 = $1,758.24 + $1,795.36 = $3,553.60

¿Causan impuesto las utilidades?

El reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 veces la UMA o $1,443.30*.

  • En el ejemplo, como la PTU que le corresponde a los tres trabajadores es mayor, deberá calcularse la retención del ISR sobre el excedente de este monto.
* Como la utilidad generada por la empresa corresponde al ejercicio 2022, se considera que el valor de la UMA es de $96.22.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar el pago?

  • Para cobrar las utilidades, los trabajadores en activo tienen un plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación para la empresa. Para los ex empleados, el término de un año comienza a partir del día siguiente en que deban pagarse las utilidades.

¿Cuál es la multa si el empleador no cumple con el pago?

La LFT establece que "las multas por incumplimiento a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) van desde 250 a 5 mil UMA". Considerando que este año el valor de la Unidad de Medida y Actualización es de $103.74, las multas por incumplir con este derecho de los trabajadores irían de $25,935 a $518,700.
Sácale provecho a tus utilidades

Estas son algunas recomendaciones para que hagas un uso inteligente de este ingreso extra que estas por recibir:

  1. Paga tus deudas. Si tienes una deuda y dejas de pagarla, los intereses moratorios pueden terminar con tu patrimonio y tu tranquilidad. Si tienes atrasos en mensualidades o tienes una deuda grande a meses sin intereses derivadas de ofertas como El Buen Fin, este es el momento ideal para liquidarla o por lo menos disminuirla.
  2. Adquiere una póliza de seguro de vida o gastos médicos mayores. Dependiendo del monto que te den de PTU, puedes asegurar varias primas mensuales e incluso, olvidarte de ella por un año.
  3. Abónalo a tu fondo de emergencias o crea uno. Para que estés preparado ante situaciones inesperadas (enfermedad, accidente, etc.) otra opción en la que podrías utilizar tus utilidades es en la creación o complemento de un fondo de emergencia. Se recomienda tener un ahorro equivalente entre 3 y 6 meses del total de tus gastos fijos cotidianos.
  4. Invierte. Si tus finanzas están al corriente y ya cuentas con protección, el paso más sabio no es el ahorro, sino la inversión, cuidando siempre que los recursos generen rendimientos por arriba de la inflación.
Con información de amcpdf.org.mx, 
del SAT y Principal Financial Group.

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