1. Inscripción simplificada de valores

  • Permitirá a empresas medianas y pequeñas participar en el mercado bursátil a través de la oferta pública de valores representativos de deuda o de capital con el objetivo de obtener el financiamiento para su crecimiento.

  • Con el fin de simplificar el proceso y reducir los tiempos de espera para llevar una empresa a bolsa, la reforma quita labores de supervisión a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en los trámites.
  • Las casas de bolsa y las propias bolsas de valores (BMV y Biva) serán fundamentales en este proceso, pues participarán en la estructuración de las operaciones de las empresas que tengan la intención de convertirse en emisoras simplificadas, a través de la revisión de la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos.

  • Cabe destacar que las empresas que ya están listadas en el mercado en la actualidad no podrán participar en la inscripción simplificada de valores.
  • Otro detalle relevante es que solo los inversionistas calificados -Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), aseguradoras, fondos de inversión y la banca- serán los únicos que podrán participar en estas emisiones simplificadas.

  • Con este cambio se prevé que los tiempos de espera para listar a una empresa pasen de más de seis meses a sólo seis semanas o incluso menos.

2. Ajuste en sociedades

  • Las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil (SAPIB) ya no tendrán la obligación de transformarse en Sociedades Anónimas Bursátiles (SAB).
  • Según los impulsores de la reforma, esto es con el objetivo de que las SAPIB mantengan su proceso de maduración tanto en su gobierno corporativo como en su capacidad de reporte de información financiera conforme a sus necesidades.

  • Además, las SAB podrán emitir distintos tipos de acciones, no solo ordinarias. Así, podrán incentivar a las empresas a acudir a obtener financiamiento sin afectar su capacidad de toma de decisiones relevantes dentro de sus corporaciones.

3. Creación de la figura de fondos

  • Este cambio también depende de la reforma a la Ley de Fondos de Inversión. La propuesta es modificar la figura del tipo de fondo de inversión, de objeto limitado, cuyo fin era invertir en activos propios de una actividad preponderante, incorporando la figura de los fondos de inversión de cobertura, conocidos a nivel internacional como hedge funds.
  • Dicha modificación busca facilitar nuevas alternativas de inversión y financiamiento de mayor alcance.

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