LO QUE SIGUE EN SAN PEDRO

Por su enfermedad, Mauricio Fernández pidió licencia temporal a la Alcaldía de San Pedro y ésto es lo que procede de inicio:

  • La Ley de Gobierno Municipal prevé en su artículo 60 distintos tipos de ausencia de los Alcaldes, según su duración, y la manera en que pueden ser cubiertas. Considerando que la solicitada por Fernández será de 15 días, su ausencia la cubre el Secretario del Ayuntamiento, Mauricio Farah, y éste atenderá los asuntos del Municipio según sus instrucciones.

Y con su renuncia...

Al registrarse su renuncia —dentro de 15 días, como anunció Fernández— éste es el proceso que deberá seguirse para cubrirlo al frente de la Administración de San Pedro:

  • De acuerdo con la Ley de Gobierno Municipal, ante la renuncia de Fernández, el Ayuntamiento, por mayoría absoluta, designará, de entre los integrantes panistas de éste, a un Encargado del Despacho.
  • Éste permanecerá cumpliendo esa función hasta que el Congreso designe al Alcalde Sustituto.
  • Los integrantes del Gabinete pueden ser considerados por el Congreso para definir al Sustituto. Sin embargo, de acuerdo con fuentes, Fernández ya habría manifestado que quiere que quien asuma el cargo sea Farah.
  • El Alcalde Sustituto cubrirá el resto del periodo por el que fue electo Fernández.

 

Es bueno saber que:

  • No hay disposición alguna que estipule la celebración de una elección extraordinaria por la ausencia definitiva del Alcalde cuando la gestión de éste ya inició.
  • Tampoco se establece que el Congreso deba elegir Alcalde Sustituto por mayoría calificada, por lo que bastaría con el voto a favor de la mayoría de los Diputados presentes en la sesión en la que se discuta el asunto.