Incremento de precios

El SAT detectó casos en los que se incrementa el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura. Sin embargo, el precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura.

"(Incrementar) el precio es una práctica demasiado común, no es correcta, es totalmente fuera de la Ley, pero es muy común que suceda eso", dijo Elio Zurita, integrante de la Comisión técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

Negativa a emitir factura

Ojo con negar o que te nieguen una factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción, pues es una práctica indebida. El SAT aclaró que “se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación”.

Tampoco está permitido negar la emisión de la factura cuando:

“Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura”, precisa el SAT.

Forma de pago

Ojo si registras una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada, esto tampoco es correcto, pues la forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice.

Forzar a generar una factura

Otra acto indebido detectado por el fisco es que se le obligue al receptor a generar la factura en un portal.

“Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente”, aclara el SAT.

Solicitar obligatoriamente que te indiquen o que indiques el uso que se le dará a la factura tampoco está permitido.

“Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave ‘P01Pordefinir’ o bien la que señale el receptor”, explica el órgano fiscalizador.

Solicitud de datos adicionales

De acuerdo con el SAT, otra práctica indebida es exigir datos adicionales al RFC, nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal del receptor.

“El contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su información, cualquier dato adicional a los manifestados no son requisitos para la emisión”, menciona el fisco.

Obligar a proporcionar un correo electrónico tampoco es correcto, ya que esto es opcional.

¿Qué hacer ante estas prácticas?

Para Elio Zurita, lo ideal es presentar una denuncia ante el SAT para que sancione a quienes incurran en ellas.

"'¿Sabes qué?, yo consumí aquí y no me quieren emitir mi comprobante o me aumentaron el precio' y lo que tiene que hacer la autoridad es ejercer sus facultades", dijo.

Las multas por este tipo de actos van de los 17 mil a los 97 mil pesos hasta el cierre de establecimientos.

Fuentes: SHCP, SAT y Elio Zurita, integrante de la Comisión técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM)
Realización: Azucena Vásquez
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