INDEPENDENCIA

– Rechaza cualquier tipo de recomendación que tienda a influir en la tramitación o resolución de los asuntos que se sometan a su potestad.
-Preserva el recto ejercicio de su función denunciando cualquier acto que tienda a vulnerar su independencia.
-Evita involucrarse en actividades o situaciones que puedan directa o indirectamente afectar su independencia.
– Se abstiene de recomendar, insinuar o sugerir, con un fin ilegítimo, el sentido en que deban emitir los demás juzgadores cualquier determinación judicial que tenga efecto sobre la resolución de un asunto.
IMPARCIALIDAD

– Evita conceder ventajas o privilegios ilegales a cualquiera de las partes.
– Rechaza cualquier dádiva que provenga de alguna de las partes o de terceros.
– Evita hacer o aceptar invitaciones en las que el propio juzgador considere que se verá comprometida su imparcialidad.
– Se abstiene de citar a las partes o personas vinculadas con ellas, fuera de las oficinas del órgano jurisdiccional en el que ejerza su función.
– Se abstiene de emitir cualquier opinión que implique prejuzgar sobre un asunto.
OBJETIVIDAD

– Al emitir una resolución, no busca reconocimiento alguno.
– Al tomar sus decisiones en forma individual o colegiada, buscará siempre la realización del derecho frente a cualquier beneficio o ventaja personal.
– Si es integrante de un órgano jurisdiccional colegiado, trata con respeto a sus pares, escucha con atención y apertura de entendimiento sus planteamientos y dialoga con razones y tolerancia.
– Procura actuar con serenidad de ánimo y equilibrio interno, a fin de que sus decisiones estén desprovistas de aprensiones y prejuicios.
PROFESIONALISMO

– Se abstiene de cualquier acto que pueda mermar la respetabilidad propia de su cargo, tanto en el ámbito público como en el privado.
– Estudia con acuciosidad los expedientes y proyectos en los que deba intervenir.
– Funda y motiva sus resoluciones, evitando las afirmaciones dogmáticas.
– Asume responsable y valerosamente las consecuencias de sus decisiones.
– Acepta sus errores y aprende de ellos para mejorar su desempeño.
– Guarda celosamente el secreto profesional.
– Administra con diligencia, esmero y eficacia el órgano jurisdiccional a su cargo.
– Cumple puntualmente con el deber de asistir a su tribunal o juzgado.
– Sabe llevar el cumplimiento de su deber hasta el límite de sus posibilidades, y separarse de su cargo, cuando su estado de salud u otros motivos personales, no le permitan desempeñar eficientemente sus funciones.