Por Miriam García

Plantea iniciativa para cuidar la salud mental de menores de padres divorciados

Con la finalidad de garantizar que, pese al divorcio de los padres, los menores tengan una sana convivencia con ambos progenitores y se evite la denominada “alienación parental”, consistente en que el padre que tiene la custodia de los hijos propicie el que éstos rechacen al otro, Brenda Sánchez presentó hoy una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado.

La Diputada local de Movimiento Ciudadano dijo que mediante la inclusión de esa figura en el Código y la definición de las acciones que deberá ordenar el Juez para la protección del interés de los menores.

La iniciativa, añadió, implica la adición de los artículos 415 Bis 1, Bis 2, Bis 3, Bis 4 y Bis 5 y Bis 6 al Código Civil para incluir la alienación parental.

“Una problemática derivada de la gran cantidad de divorcios que se están dando en el estado tiene que ver con la salud emocional de los menores de edad”, expresó Sánchez.

“Tras la ruptura, las parejas en ocasiones no pueden manejar adecuadamente sus emociones y empiezan adjudicándose mutuamente culpas y responsabilidades.

“Esta situación es el caldo de cultivo adecuado para que alguno de los progenitores, generalmente el custodio de los menores, inicie con las acciones tendientes a generar en los menores una animadversión hacia el otro progenitor y/o a sus familiares”.

La emecista dijo que el Síndrome de Alienación Parental se ha descrito como un proceso en el que se programa a una niña, niño o adolescente para que desarrolle rechazo u odio contra alguno de los padres, sin que exista justificación alguna, a través de la desacreditación que el otro progenitor, o algún otro familia, hace de éste.

Con la reforma, añadió Sánchez, el Juez que tenga conocimiento de la probable alienación parental por parte de alguno de los progenitores podrá, de oficio o a petición de parte, ordenar las medidas terapéuticas necesarias para los menores y sus padres También, dijo, el Juez podrá ordenar la suspensión provisional de la patria potestad y de la convivencia del progenitor alienador, en tanto reciban apoyo psicológico él y los menores.

“La conducta desplegada por el progenitor alienista a quien está dañando en una forma difícilmente reversible, es a los propios menores”, añadió, “por eso es importante que se regule esta conducta y se tomen medidas para evitarla o disuadir a los que la ejecutan consciente o inconscientemente”.

Solicita a la CRE que considere cambiar esquema por el que se fija la tarifa doméstica de alto consumo

Con la intención de que las familias puedan utilizar sus aires acondicionados sin que el gasto sea excesivo, Héctor García solicitó a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que considere cambiar el esquema por el que se fija la tarifa doméstica de alto consumo (DAC) en Nuevo León.

El legislador local de Movimiento Ciudadano dijo que, de acuerdo con el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, la CRE es quien aplica las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de los suministradores de último recurso y las tarifas finales del suministro básico.

Sin embargo, añadió, la tarifa DAC establece un mismo precio por kilowatt-hora sin importar la cantidad de electricidad que se utilice.

Es decir, tiene un cargo fijo mensual y las cuotas por kilowatt-hora las establece la CFE mes con mes de acuerdo a la región del país.

“Numerosas familias llegan hacer uso de aparatos eléctricos para poder sortear las altas temperaturas, como el clima, aire acondicionado, ventiladores, aires portátiles, y por periodos prolongados, situación que sin duda se verá reflejado en el costo de la energía eléctrica”, expresó.

“Hoy en día, el suministro de servicios públicos es una necesidad de primera mano. Cabe señalar que este tipo de acciones representarán para algunos domicilios un ahorro considerable.

“Por eso, exhorto a que la CRE analice la posibilidad de revisar, y en su caso modificar, el acuerdo por el que se diseñan las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas finales del suministro básico, en cuanto a los cargos de la tarifa fija y el costo por energía consumida mensual referente a la tarifa DAC en el verano, ello con el fin de evitar costos excesivos o arbitrarios y apoyar a las familias de Nuevo León”.