Un delito, dos leyes federales

Primero, debes saber que contra la pornografía infantil en Jalisco se procede conforme a dos leyes federales: El Código Penal Federal y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.

Ninguno de los dos lo llama Pornografía Infantil, sino que amplió los conceptos para proteger a personas que no tienen la capacidad para resistirse, por ejemplo personas bajo los efectos de las drogas o bebidas alcohólicas, y también a aquellas personas con discapacidad intelectual.

¿Quién comete el delito?

El Código Penal Federal lo incluye en su Título: Delitos Contra el Desarrollo de la Personalidad y el capítulo que habla de ello describe con claridad todas las acciones que son sancionables.

El delito es: pornografía de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo

Según el Artículo 202 de este Código, comente el delito quien:
Procure
Obligue
Facilite
Induzca a:

uno o varios menores o personas que no tienen capacidad de comprender el hecho o personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar actos sexuales o a exhibir su cuerpo con fines lascivos o sexuales para:

Videograbarlos
Fotografiarlos
Filmarlos
Exhibirlos
Describirlos

a través de:

Anuncios impresos
Transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones
Sistemas de cómputo
Electrónicos

La pena es de 7 a 12 años de prisión.

Pero la sanción no queda ahí, pues el Código establece exactamente la misma pena para quien:

Reproduzca
Almacene
Distribuya
Venda
Compre
Arriende
Exponga
Publicite
Transmita
Importe
Exporte el material.

Una sanción menor, de 1 a 5 años de cárcel, prevé este Código para quien almacene sin fines de comercialización o distribución el material, además de imponer un tratamiento psiquiátrico especializado.

Pornografía y trata de personas

Por su parte, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas dice en su Artículo 16 que se sancionará con entre 15 y 30 años de prisión a quien:

Financie
Elabore
Reproduzca
Almacene
Distribuya
Comercialice
Arriende
Exponga
Publicite
Difunda
Adquiera
Intercambie
Comparta

Material de actos sexuales o de exhibicionismo corporal, con fines sexuales, reales o simulados de personas menores de edad, personas menores de dieciocho años de edad, o que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tengan capacidad de resistir la conducta.

Cada Ley aplica según las características de cada caso, pues en el caso de esta Ley General, el planteamiento es en un contexto en el que se da la trata de personas.

¿Qué hacer si tienes a la vista el material?

De acuerdo con autoridades y asociaciones civiles especializadas en la defensa de los menores, si ves en internet fotos o videos con contenido sexual en la que se presuma que hay menores o personas que no sean capaces de resistirse al acto, evita compartir el link o las screenshots o capturas de pantalla a otros usuarios, ni siquiera para pedir que lo reporten, pues con ello le das más difusión y revictimizas a la persona afectada.

Tampoco reacciones a publicaciones de otros usuarios, aunque sea para criticarlo o comentarle que será denunciado.

¿A quién sí debes compartirle links, usuarios, capturas de pantalla y todos los datos disponibles sobre el material? A las autoridades.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Federal ofrece en caso de recibir este material enviar estos datos al correo electrónico: ceac@sspc.gob.mx o al 088, al Centro Nacional de Atención Ciudadana.

En tanto, la Policía Cibernética en Jalisco atiende tus reportes en policia.cibernetica@jalisco.gob.mx y a través de su teléfono es el 333- 837-6000, extensiones 15832 y 15878.

Adicionalmente, hay una asociación, Te Protejo México, a la que puedes enviar los links, ellos se van a encargar de gestionar que el material sea borrado de la red, además de reportarlo también a las autoridades. Su sitio web es:

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La acusación contra la youtuber YosStop

La youTuber YosStop, detenida el 29 de junio, está bajo proceso por describir en su canal de YouTube el video que dijo que tenía en su poder, en el que una menor sufrió abuso sexual equiparado.

La acusación es por pornografía infantil en su modalidad de descripción, porque es procesada conforme a los lineamientos del Código Penal de la Ciudad de México, que sanciona este crimen con hasta 12 años de prisión.

Información: Enrique Osorio