Actualiza tu domicilio fiscal y evita ser multado por el SAT

¿Sabías que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede multarte con hasta $11,600 si no le notificas el cambio de domicilio fiscal? 

Si recientemente has cambiado de domicilio, debes notificarle al SAT lo antes posible, ya que de no hacerlo corres el riesgo de ser multado.

¿A cuánto ascienden las multas?

¿Cómo se define el domicilio fiscal?

 

De acuerdo con el artículo 10 del CFF, todas las personas físicas o morales deberán de contar con un domicilio fiscal.

Entendiéndose por domicilio fiscal la dirección que registraste al sacar tu RFC.

Personas físicas:

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, el domicilio fiscal para el caso de las personas físicas es el sitio que usan para desempeñar sus actividades o su residencia habitual.

Personas morales:

Para las personas morales, el domicilio fiscal es aquél donde se lleva la administración principal del negocio.

Sigue estos pasos para hacer el cambio de domicilio

Primero, ¿qué se necesita para hacerlo por internet?

  • Contar con e.firma (firma electrónica)
  • Buen historial de cumplimiento en sus obligaciones fiscales.
  • Tener un estado de domicilio distinto a No Localizado.

En caso de ser una persona física:

  • Ingresa al portal oficial del SAT y da clic en el menú de Trámites del RFC.
  • Vete al apartado de Actualización y elige la opción llamada “realiza tu cambio de domicilio en el RFC”, donde deberás ingresar tu número de RFC y tu e.firma para continuar.
  • En caso de ser tu propio domicilio sólo llena el apartado de la fecha de mudanza, captura el nuevo domicilio y da clic en continuar para después confirmar el paso
  • Después nuevamente deberás confirmar el domicilio, subir los archivos de tu e.firma y tu contraseña para confirmar nuevamente el procedimiento y concluir la solicitud para finalizar el cambio.
  • En el caso de una persona moral, el proceso no es tan distinto. En este caso se desplegará un formulario donde se deben capturar los datos del nuevo domicilio o la modificación que quieras realizar.
  • Para confirmar el movimiento tienes que registrar tu e.firma nuevamente y dar clic en enviar la información al SAT.  

En caso de no cumplir con los requisitos, el tramite realizado por internet quedará clasificado como precaptura, por lo que para concluirlo deberás acudir con previa cita a las oficinas del SAT.

No olvides imprimir tu acuse de movimientos del SAT
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¿Cuándo debes informarle al SAT? Solo tienes 10 días

¡OJO! El aviso de cambio de domicilio fiscal deberá presentarse:

  • Dentro de los 10 días siguientes a aquel en el que cambies de domicilio.
  • Tratándose de contribuyentes a los que se les hayan iniciado facultades de comprobación debe informarse con 5 días de anticipación al cambio.

No te confíes, el fisco te tiene en la mira

  • En la Miscelánea Fiscal 2022 se propuso modificar el artículo 27 del CFF para poder utilizar herramientas tecnológicas, como drones, para que el SAT pueda verificar que el domicilio proporcionado por los contribuyentes sea correcto.
  • Además, de no realizar el cambio, la dependencia te registra como no localizado y serás puesto como contribuyente incumplido que emite facturas falsas, lo que podría desencadenar problemas legales. 
  • No dejes que el SAT descubra por sí solo cual es tu nuevo domicilio, ya que en el CFF se indica que se podrá castigar con prisión de entre tres meses y tres años a quienes cambien su domicilio fiscal sin realizar este trámite.

FUENTE: SAT