Qué es maltrato animal

La ley de protección animal establece que está prohibido realizar sin causa justificada los siguientes actos:

  1. Causarle sufrimiento a un animal;
  2. Provocarle la muerte;
  3. Causarle la muerte con causa justificada pero utilizando medios inadecuados que prolonguen su agonía o provoque sufrimiento;
  4. Cualquier modificación negativa de sus instintos naturales;
  5. Azuzar a los animales para que se ataquen entre ellos o a las personas;
  6. Adiestrar animales con métodos que puedan poner en peligro a las personas que vivan en su entorno;
  7. Abandonar a un animal de su propiedad en la vía pública;
  8. La utilización de animales en protestas, marchas, plantones o en cualquier otro acto análogo, salvo que se trate de eventos autorizados por el municipio;
  9. El uso de animales vivos como instrumento de entrenamiento en animales de guardia, de ataque o como medio para verificar su agresividad;
  10. La venta de animales en vía pública sin autorización municipal;
  11. La venta de animales en establecimientos que no cuenten con licencia específica para la explotación del giro comercial;
  12. La venta o adiestramiento de animales en áreas comunes o en áreas en las que se atente contra la integridad física de las personas;
  13. Hacer ingerir al animal bebidas alcohólicas o suministrar drogas sin fines terapéuticos, a excepción de aquellos que la policía utilice para la lucha contra el narcotráfico;
  14. El ofrecimiento de cualquier clase de alimento u objetos a los animales en los centros zoológicos o espectáculos públicos cuya ingestión pueda causarles daño físico, enfermedad o muerte;
  15. La transferencia por cualquier título, de animales enfermos, con lesiones, traumatismos, fracturas o heridas, cuando dichas circunstancias sean desconocidas por el comprador.

 

Qué sanciones conlleva

  • Para quien provoque de forma intencional lesiones que menoscaben la salud de los animales, la ley impone una sanción de entre 20 y 50 días de salario.
  • La sanción crece a entre 80 y 120 días de trabajo comunitario -y entre 100 y 300 días de salario mínimo- para quien con las lesiones dañe de forma permanente las funciones físicas del animal o pongan en riesgo su vida. 
  • En caos de que el animal maltratado esté bajo el cuidado y protección del señalado, la sanción crecerá la mitad y el animal tendrá que ser asegurado y puesto a salvo.
  • Cuando el infractor sea menor de edad o incapaz, la sanción deberá ser acatada por su padre o tutor.

Dónde denunciar

La ley establece que quien tenga conocimiento de un acto, hecho u omisión en perjuicio de los animales, tiene la obligación de informar a la autoridad competente.

Estos son los teléfonos para reportar:

  • Unidad de Protección Animal de Guadalajara: 331-201-8426
  • Unidad de Protección Animal de Zapopan 333-818-2200 extensión 3280
  • Unidad de Protección Animal de Tlaquepaque 333-367-9066
  • Unidad de Protección Animal de Tonalá 331-200-3917
  • Unidad de Protección Animal de Tlajomulco 333-798-4503
 

Además, es importante que realices una denuncia ante la Fiscalía del Estado, para la cual necesitarás:

  • El número de la denuncia administrativa hecha ante el municipio.
  • Identificación oficial y dos copias.
  • Las pruebas del delito.
  • Datos de dónde se encuentra el animal y en qué condiciones.