Cuando todos los Jugadores del Club que salgan al terreno de juego porten máscaras, gorros, sombreros, tatuajes con imágenes de partidos políticos, de campañas políticas o comerciales, lemas, mensajes publicitarios, mensajes políticos, religiosos o personales, estampados sobre cualquier superficie, ya sea en la ropa que utilicen o cualquier otra, se sancionará al Club con una multa de 2,000 a 3,000 UMAs la primera vez que infrinjan esta norma, multa de 4,000 UMAs la segunda vez y multa de 5,000 UMAs la tercera vez y subsecuentes. Asimismo, se prohíbe a los Jugadores el uso de bandas, gorras y muñequeras con publicidad comercial no autorizadas por su Club, según lo dispuesto por el Reglamento General de Competencia. El Jugador que incurra en esta falta, será sancionado con una multa de 5,000 UMAs. Esta sanción sólo se aplicará a solicitud del Club afectado"