Diferencias entre interino y sustituto

De acuerdo con la Constitución de Jalisco, el Gobernador interino asume funciones ante ausencias con plazo definido o breves, ante la vacante del cargo por elecciones anuladas, o por muerte del titular en los primeros dos años de su sexenio, previo a convocar nuevos comicios.

En cambio, el substituto o sustituto toma el poder cuando la falta del Gobernador titular es absoluta en los últimos cuatro años del periodo constitucional.

Edición e información: Maggie Urzúa
Fotografías: Archivo Grupo REFORMA
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