El pasado 20 de abril, la Cámara de Diputados aprobó la reforma al sector aéreo que envió el Presidente Andrés Manuel López Obrador el 15 de diciembre de 2022. El dictamen de las modificaciones a la Ley de Aeropuertos y de Aviación Civil ya fue enviado a la Cámara de Senadores, en donde se espera su aprobación y, posteriormente, su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Uno de los objetivos de la reforma es avanzar en la recuperación de la Categoría 1 en seguridad aérea, luego de que el 25 de mayo de 2021 la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA, por sus siglas en inglés) degradó a México a la Categoría 2 del Programa de Evaluación de Seguridad Operacional de la Aviación Internacional (IASA).
AFAC más fuerte
Ampliar las facultades de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) en materia aeroportuaria y de aviación. La intención es permitir que la autoridad aeronáutica de México retome la Categoría 1 en seguridad aérea.
- Será presupuestalmente, técnicamente y operativamente independiente.
- Investigará accidentes e incidentes de aeronaves civiles.
- Expedirá, suspenderá, cancelará o revocará los certificados de aptitud psicofísica del personal técnico-aeronáutico. Asimismo, contará con un área de medicina de aviación con atribuciones para evaluar al personal técnico-aeronáutico.
Cabotaje aéreo, fuera
El cabotaje aéreo quedó fuera de las modificaciones a las leyes, luego de que la industria aérea manifestara su oposición a la iniciativa que buscaba permitir a aerolíneas extranjeras llevar pasaje y carga a distintos destinos dentro del País.
Lo anterior, al argumentar que generaría riegos laborales que podrían afectar 1.4 millones de empleos de la industria, sería nociva para los intereses nacionales y la recaudación de impuestos.
Aerolíneas del Estado
La reforma permite al Estado mexicano operar aerolíneas y aeropuertos, pese a que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) advirtió el riesgo a la competencia y solicitó no autorizar que las Secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar) tengan operaciones en el servicio aéreo nacional regular.
- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) otorgará títulos de asignación a paraestatales de la Administración Pública Federal, con el fin de que puedan prestar el servicio de transporte aéreo nacional regular.
- A través de dicha figura de asignatarios, empresas paraestatales pueden administrar, operar, explotar e incluso construir aeropuertos sin procesos de licitación de por medio.
- Los títulos de asignación serán por tiempo indefinido y los únicos supuestos en los que podrán ser cancelados son que ya no exista causa de utilidad pública, interés púbico, interés general, interés social o por razones de seguridad nacional.
¿Qué opinan los especialistas?
La Cofece señaló que la reforma entorpece el acceso de manera discriminada a la infraestructura aeroportuaria, contra el desarrollo eficiente del mercado de transporte aéreo.
"Las reformas propuestas por el Ejecutivo federal establecen un trato diferenciado entre particulares y empresas paraestatales sobre las causas para revocar y concluir concesiones, permisos y asignaciones", expuso la Comisión en un posicionamiento el pasado 19 de abril.
Para Rogelio Rodríguez, especialista del sector aéreo, las modificaciones, en general, mejoran el contenido de la leyes y las facultades de la autoridad aeronáutica; sin embargo, el hecho de que Estado mexicano pueda operar aerolíneas y aeropuertos podría generar una distorsión en el sector aéreo mexicano, ya que un concesionario, ahora adjudicatario de un aeropuerto, podría también administrar una aerolínea.
"Esto haría que el adjudicatario buscará otorgarle las mejores condiciones operativas para que su línea aérea, asignándole los mejores slots (horarios de despegue y aterrizaje), posiciones de contacto de edificios terminales, entre otros, beneficiándola y generando un problema de competencia con los otros operadores aéreos que hay en el mercado", apuntó Rodríguez.
Realización: Saraí Cervantes