En noviembre de 2007, la Corte rechazó condenar al ex Gobernador poblano Mario Marín por la supuesta violación grave de garantías contra la periodista Lydia Cacho.

En ese entonces, la hoy Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, era Ministra.

Cacho aseguró que la funcionaria votó en contra de la resolución del Ministro Silva Meza, lo cual impidió que le hicieran un juicio político al ex Mandatario.

A FAVOR Y EN CONTRA

Luego de 19 meses de investigación, el Ministro Juan Silva Meza presentó al Pleno de la Corte un proyecto de dictamen declarando que Cacho fue víctima de grave violación de garantías durante su detención en Cancún y traslado por tierra a Puebla, en diciembre de 2005, con base en una orden de aprehensión por calumnia en agravio del empresario Kamel Nacif.

De haber sido aprobado, el dictamen únicamente hubiera resultado en una declaración de la Corte. No tenía efectos penales ni podía resultar en acusaciones por algún delito contra alguna persona, aunque podría haber tenido consecuencias políticas.

El Ministro Fernando Franco, de reciente ingreso a la SCJN, se había declarado impedido para votar el asunto.

Seis de los 10 ministros restantes votaron en contra del dictamen por considerar que no existió violación grave de garantías, en el sentido generalizado y amplio del artículo 97 de la Constitución, que en esa época preveía la facultad de de investigación del máximo tribunal.

El ARGUMENTO DE SÁNCHEZ CORDERO

La mayoría incluyó a las dos ministras que integraban la Corte: Olga Sánchez Cordero y Margarita Luna Ramos.

Sánchez Cordero afirmó que hubo violaciones a las garantías de Cacho, mientras que Luna Ramos consideró que pudo haberlas, y muchas.

No obstante, las dos sostuvieron que fueron violaciones que ocurren con frecuencia en los procesos penales, reparables mediante el juicio de amparo, no las violaciones extraordinarias que ameritaban una declaratoria de la Corte.

El sufragio de Sánchez Cordero no fue decisivo. Incluso, si la Ministra hubiera apoyado el dictamen de Silva Meza, el presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia hubiera tenido voto de calidad para romper el empate a cinco votos. Lo anterior, según prevé el articulo 7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Y ASÍ LO EXPLICA AHORA