La Pensión Mínima Garantizada es aquella que el Gobierno federal otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y el mínimo de semanas cotizadas, pero que sus recursos en la Afore no le alcanzan para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.

La pensión se otorga en función de la edad, semanas cotizadas y salario base de cotización.

¿Quién la puede recibir?

  • Personas de 60 o 65 años
  • Quien tenga una resolución de pensión con salario promedio menor a un salario mínimo vigente en la CDMX
  • Cumplir con el número de semanas cotizadas ante el IMSS, de 750. A partir del 2023 se incrementan en 25 cada año, hasta llegar a mil en 2031.

¿Cómo solicito la pensión?

Acudir a la subdelegación del IMSS correspondiente con:

  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio
  • Estado de cuenta de la Afore
  • Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
  • Expendiente de Identificación de Trabajador actualizado

¿Cómo se calcula?

El monto de la pensión es de un salario mínimo mensual y se actualiza cada año, en el mes de febrero, de acuerdo con la inflación.

El monto de la pensión se actualiza cada año.

Ejemplo:

Salario mínimo diario en 2022: 172.87 pesos
Subsidio a pensión 11%
Cálculo
Salario x 365 días = 63,097.55 pesos
Dividido entre 12 meses = 5,258.13 pesos
multiplicado por subsidio del gobierno del 11% = 5,836.52 pesos*

* el monto varía según edad, número de semanas cotizadas y salario base de cotización

¿Cuándo no aplica?

Si el IMSS otorga una Negativa de Pensión

Y ¿qué procede?

Con la resolución del IMSS acudir a la Afore para solicitar la entrega de recursos.

¿Qué recursos se te entregan en efectivo?

Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez
INFONAVIT 1997 (si hay recursos en esa subcuenta)

Si existen recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 se entregarán hasta cumplidos 65 años

Fuente: IMSS