La Pensión Mínima Garantizada es aquella que el Gobierno federal otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y el mínimo de semanas cotizadas, pero que sus recursos en la Afore no le alcanzan para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.

¿Quién la puede recibir?
- Personas de 60 o 65 años
- Quien tenga una resolución de pensión con salario promedio menor a un salario mínimo vigente en la CDMX
- Cumplir con el número de semanas cotizadas ante el IMSS, de 750. A partir del 2023 se incrementan en 25 cada año, hasta llegar a mil en 2031.
¿Cómo solicito la pensión?
Acudir a la subdelegación del IMSS correspondiente con:
- Identificación oficial vigente
- Comprobante de domicilio
- Estado de cuenta de la Afore
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
- Expendiente de Identificación de Trabajador actualizado
¿Cómo se calcula?
El monto de la pensión es de un salario mínimo mensual y se actualiza cada año, en el mes de febrero, de acuerdo con la inflación.

Ejemplo:
Salario mínimo diario en 2022: 172.87 pesos
Subsidio a pensión 11%
Cálculo
Salario x 365 días = 63,097.55 pesos
Dividido entre 12 meses = 5,258.13 pesos
multiplicado por subsidio del gobierno del 11% = 5,836.52 pesos*
* el monto varía según edad, número de semanas cotizadas y salario base de cotización
¿Cuándo no aplica?
Si el IMSS otorga una Negativa de Pensión
Y ¿qué procede?
Con la resolución del IMSS acudir a la Afore para solicitar la entrega de recursos.
¿Qué recursos se te entregan en efectivo?
Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez
INFONAVIT 1997 (si hay recursos en esa subcuenta)
Si existen recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 se entregarán hasta cumplidos 65 años
Fuente: IMSS