Requisitos

• Deben llenar  solicitud de matrimonio (en la oficialía donde deseen contraer matrimonio).

• Haber recibido el Curso Pre matrimonial Civil en el DIF ambos contrayentes.

• Copias certificadas recientes de Acta de Nacimiento de los pretendientes.

• Certificado médico de salud expedido por instituciones de Salud Pública (No hospitales Particulares) que acredite el tipo de sangre para la afinidad consanguínea y que los pretendientes no padezcan enfermedades contagiosas como VIH SIDA, sífilis, tuberculosis ó alguna deformación física, enfermedad crónica e incurable ó hereditaria que constituya algún impedimento para el matrimonio.

• Dos testigos mayores de edad por cada uno de los contrayentes.

• Identificación y Copia de Identificación Oficial de cada uno de los contrayentes y de los testigos.

• Presentar un convenio que establezca el régimen patrimonial al que queda sujeto el matrimonio.

Tipos de Régimen Patrimonial

Sociedad Legal: Patrimonio cuya administración y dominio ejercen Ambos cónyuges por partes iguales, con las limitaciones que se establecen en la ley.

Sociedad Conyugal: Se rige por las Capitulaciones Matrimoniales que la constituyan; y en lo que no estuviere expresamente estipulado, por las disposiciones relativas a la sociedad legal, o en defecto de estas, por las que rigen el contrato de sociedad en general.

Separación de Bienes: Bajo éste régimen, el patrimonio, los derechos y obligaciones de carácter económico corresponden a cada uno de los contrayentes, sin que formen parte de del patrimonio del otro. (si fuere necesario que las capitulaciones consten en escritura pública, se acompañará un testimonio de la misma; en caso de carecer de bienes el convenio deberá versar sobre los bienes que adquieran durante el matrimonio).

En caso de que alguno de los cónyuges haya estado casado con anterioridad, deberán presentar  además de los requisitos anteriores:

Copia certificada de: Sentencia de Nulidad de Matrimonio, Sentencia de Divorcio ó del Acta de Defunción del cónyuge según sea el caso.

En caso de que alguno de los pretendientes sea menor de edad, se requiere:

El consentimiento expreso de los padres o autoridad competente, como el Consejo estatal de Familia.

• Si la menor esta embarazada se puede eximir pero no exime de la dispensa judicial.

En caso de que alguno de los pretendientes sea extranjero debe presentar:

• Los documentos que acrediten su legal estancia en el país (por ejemplo: FM3)

• Permiso de Gobernación

En caso de que no estén casados pero tengan hijos en común, presentar copia certificada del acta de nacimiento de alguno de los hijos.