¿Por qué es ilegal la contratación de espectaculares por parte de diputados en favor de un actor político? Así lo explica el Consejo Nacional de Litigio Estratégico:
🛑El modelo de comunicación política en México está construido sobre los principios de imparcialidad y equidad.
🛑La Constitución y las leyes electorales establecen que los actos anticipados de campaña son contrarios a dichos principios.
🛑Un diputado es un servidor público y no puede hacer actos proselitistas en favor de ningún actor político.
🛑Así, son motivo de sanción en términos de los artículos 443 y 445 de la Ley General de Procedimientos Electorales la contratación de propaganda anticipada con recursos públicos.
🛑Al transparentar el gasto electoral se garantiza que dichos recursos para hacer propaganda no provengan del erario, de personas morales o físicas con actividad empresarial.
🛑En conclusión: los diputados al admitir que contrataron espectaculares violan los artículos 134 constitucional y 380 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.